El Ministerio de Sanidad no ve impedimento legal en que una pareja de mujeres homosexuales que lo solicitó Lo común es que las demandas de la sociedad precedan a los avances científicos, pero a veces es la ciencia la que tiene que esperar. Una pareja de lesbianas que lo había solicitado de forma oficial podrá tener en España un bebé del que ambas serán madres biológicas, una como gestante y la otra aportando sus genes. Para ello, sólo será necesario fertilizar un óvulo de una de las mamás con esperma de un donante anónimo e implantar el embrión resultante en el útero de la otra mamá. A muchos quizá les parecerá otro milagro científico, pero es nada menos que un avance social.
La pareja manifestó en una solicitud oficial su deseo de tener un hijo del que ambas fueran madres biológicas y advirtió sobre un vacío legal en la Ley de Reproducción Humana Asistida, de 2006, que discrimina los derechos de las parejas de mujeres homosexuales respecto a las parejas heterosexuales y les impedía cumplir con su sueño.
El dictamen de un comité de expertos en reproducción corrige el vacío legal
La petición de la pareja fue discutida el pasado 4 de diciembre por la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida órgano consultivo dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo,que dio la razón a las dos futuras madres, al dictaminar que no existe ningún impedimento legal para que las técnicas de reproducción asistida puedan ser utilizadas por parejas homosexuales de mujeres.
La ley establece que la donación de gametos (espermatozoides u óvulos) para realizar una fecundación in vitro debe ser anónima; y fija al respecto como única excepción que se utilice semen del marido de la mujer en cuyo útero se implanta el óvulo fecundado. Es decir, no recoge la posibilidad de que una lesbiana pueda donar un óvulo a su pareja.
A juicio de la Comisión, dado que esta ley autoriza la donación de gametos del marido a la mujer, de igual manera debe autorizarse entre personas del mismo sexo unidas por vínculo matrimonial o relación de afectividad análoga a la conyugal. La resolución del Consejo beneficiará no sólo a las dos mujeres, sino también a cualquier otra pareja de lesbianas que desee lo mismo, dado que la argumentación jurídica proporcionada por los expertos no deja margen a interpretaciones.
La resolución, no vinculante, será enviada a todas las comunidades
La Comisión de Sanidad está formada por magistrados, fiscales, psicólogos, abogados, médicos, expertos en bioética y presidentes de sociedades científicas. Funciona como órgano consultivo sobre la legalidad de determinadas actuaciones y emite informes preceptivos sobre prácticas especiales, como las técnicas de diagnóstico preimplantacional.
La conclusión se alcanzó de forma mayoritaria, tras un largo e intenso debate en el que participó la práctica totalidad de los 27 miembros presentes y que se resolvió sin necesidad de votación. La resolución, no vinculante, será enviada próximamente a las consejerías de sanidad de todas las comunidades autónomas, para que la tengan en cuenta en caso de recibir una solicitud de este tipo de intervención.
La participación de un padre biológico sigue siendo necesaria en este caso, tanto como imprescindible tendrá que ser su anonimato. Una de las condiciones que establece la legislación para que una fecundación in vitro pueda aprobarse es que el donante de los gametos masculinos, cuando no es el marido de la madre, proceda de un banco de semen.
El padre biológico
Esto significa que ninguna pareja de mujeres podrá elegir a quién quiere como padre biológico de su hijo. La ley también prohíbe, a cualquier tipo de pareja, decidir las características físicas del bebé (como el color del pelo o de los ojos).
En cuanto al futuro, la ciencia vuelve a estar por delante de la sociedad. Sobre el papel, las mujeres podrán algún día reproducirse sin necesidad de contar con la participación de un hombre ni incluso tampoco de otra mujer. Los científicos han logrado ya desarrollar célu-las germinales, capaces de convertirse en espermatozoides, a partir de células extraídas del cabello y de la piel.
Siguiendo este método, el trabajo de laboratorio ha logrado alcanzar la autofecundación en ratones. Pero la técnica aún presenta muchos riesgos, asociada al desarrollo de tumores, por lo que aún tardará mucho en aplicarse en humanos. De todos modos, con la legislación actual ninguna de estas alternativas de reproducción sería posible, así que de momento no han entrado en el debate bioético.
La solución de Sanidad se enmarca en la línea de avance científico impulsada por el Gobierno socialista, que ha permitido, por ejemplo, contar con una de las leyes de investigación biomédica más avanzadas de Europa. En la resolución del consejo de expertos influyeron de formadeterminante dos leyes aprobadas en la anterior legislatura: la legislación sobre matrimonios homosexuales (recogida en la reforma en 2005 del Código Civil), que equipara esta unión con la de los matrimonios entre heterosexuales, y la propia Ley de Reproducción Humana Asistida.
La fecundación in vitro condenada el viernes una vez más de forma expresa por el Vaticano es una solución muy extendida entre parejas heterosexuales. En España la utilizan cerca de medio millón de parejas al año. La primera persona nacida por esta técnica, la británica Louise Brown, cumplió el pasado julio 30 años.
La práctica más habitual es fecundar en laboratorio un óvulo de la madre con semen del propio marido y reimplantar posteriormente el embrión en el útero de la madre para que se desarrolle la gestación.
En algunas ocasiones, cuando la pareja es incapaz de procrear, se recurre a gametos de donantes anónimos sobre todo, espermatozoides, aunque a veces, por ejemplo cuando a la mujer se le ha extirpado un ovario, también óvulos, para alcanzar la fecundación. tenga un bebé fruto del óvulo fecundado de una de ellas y gestado por la otra.
La pareja manifestó en una solicitud oficial su deseo de tener un hijo del que ambas fueran madres biológicas y advirtió sobre un vacío legal en la Ley de Reproducción Humana Asistida, de 2006, que discrimina los derechos de las parejas de mujeres homosexuales respecto a las parejas heterosexuales y les impedía cumplir con su sueño.
El dictamen de un comité de expertos en reproducción corrige el vacío legal
La petición de la pareja fue discutida el pasado 4 de diciembre por la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida órgano consultivo dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo,que dio la razón a las dos futuras madres, al dictaminar que no existe ningún impedimento legal para que las técnicas de reproducción asistida puedan ser utilizadas por parejas homosexuales de mujeres.
La ley establece que la donación de gametos (espermatozoides u óvulos) para realizar una fecundación in vitro debe ser anónima; y fija al respecto como única excepción que se utilice semen del marido de la mujer en cuyo útero se implanta el óvulo fecundado. Es decir, no recoge la posibilidad de que una lesbiana pueda donar un óvulo a su pareja.
A juicio de la Comisión, dado que esta ley autoriza la donación de gametos del marido a la mujer, de igual manera debe autorizarse entre personas del mismo sexo unidas por vínculo matrimonial o relación de afectividad análoga a la conyugal. La resolución del Consejo beneficiará no sólo a las dos mujeres, sino también a cualquier otra pareja de lesbianas que desee lo mismo, dado que la argumentación jurídica proporcionada por los expertos no deja margen a interpretaciones.
La resolución, no vinculante, será enviada a todas las comunidades
La Comisión de Sanidad está formada por magistrados, fiscales, psicólogos, abogados, médicos, expertos en bioética y presidentes de sociedades científicas. Funciona como órgano consultivo sobre la legalidad de determinadas actuaciones y emite informes preceptivos sobre prácticas especiales, como las técnicas de diagnóstico preimplantacional.
La conclusión se alcanzó de forma mayoritaria, tras un largo e intenso debate en el que participó la práctica totalidad de los 27 miembros presentes y que se resolvió sin necesidad de votación. La resolución, no vinculante, será enviada próximamente a las consejerías de sanidad de todas las comunidades autónomas, para que la tengan en cuenta en caso de recibir una solicitud de este tipo de intervención.
La participación de un padre biológico sigue siendo necesaria en este caso, tanto como imprescindible tendrá que ser su anonimato. Una de las condiciones que establece la legislación para que una fecundación in vitro pueda aprobarse es que el donante de los gametos masculinos, cuando no es el marido de la madre, proceda de un banco de semen.
El padre biológico
Esto significa que ninguna pareja de mujeres podrá elegir a quién quiere como padre biológico de su hijo. La ley también prohíbe, a cualquier tipo de pareja, decidir las características físicas del bebé (como el color del pelo o de los ojos).
En cuanto al futuro, la ciencia vuelve a estar por delante de la sociedad. Sobre el papel, las mujeres podrán algún día reproducirse sin necesidad de contar con la participación de un hombre ni incluso tampoco de otra mujer. Los científicos han logrado ya desarrollar célu-las germinales, capaces de convertirse en espermatozoides, a partir de células extraídas del cabello y de la piel.
Siguiendo este método, el trabajo de laboratorio ha logrado alcanzar la autofecundación en ratones. Pero la técnica aún presenta muchos riesgos, asociada al desarrollo de tumores, por lo que aún tardará mucho en aplicarse en humanos. De todos modos, con la legislación actual ninguna de estas alternativas de reproducción sería posible, así que de momento no han entrado en el debate bioético.
La solución de Sanidad se enmarca en la línea de avance científico impulsada por el Gobierno socialista, que ha permitido, por ejemplo, contar con una de las leyes de investigación biomédica más avanzadas de Europa. En la resolución del consejo de expertos influyeron de formadeterminante dos leyes aprobadas en la anterior legislatura: la legislación sobre matrimonios homosexuales (recogida en la reforma en 2005 del Código Civil), que equipara esta unión con la de los matrimonios entre heterosexuales, y la propia Ley de Reproducción Humana Asistida.
La fecundación in vitro condenada el viernes una vez más de forma expresa por el Vaticano es una solución muy extendida entre parejas heterosexuales. En España la utilizan cerca de medio millón de parejas al año. La primera persona nacida por esta técnica, la británica Louise Brown, cumplió el pasado julio 30 años.
La práctica más habitual es fecundar en laboratorio un óvulo de la madre con semen del propio marido y reimplantar posteriormente el embrión en el útero de la madre para que se desarrolle la gestación.
En algunas ocasiones, cuando la pareja es incapaz de procrear, se recurre a gametos de donantes anónimos sobre todo, espermatozoides, aunque a veces, por ejemplo cuando a la mujer se le ha extirpado un ovario, también óvulos, para alcanzar la fecundación. tenga un bebé fruto del óvulo fecundado de una de ellas y gestado por la otra.
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